La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de decretos, alianzas comerciales y cobros regionales que afectaban el tránsito de contenedores de los corredores aduaneros de los estados La Guaira y Carabobo.
La medida quedó establecida en la Sentencia número 0931 bajo la ponencia de la magistrada Tania D’Amelio Cardiet, quien determinó eliminar «sin excepciones y a partir de la fecha de la publicación» la aplicación de estos cargos a la mercancía movilizada por estas jurisdicciones aduaneras.
En el texto, la Sala Constitucional señala que, en la aduana de La Guaira, se suprime el cobro del denominado «Aporte Social» a favor de la empresa estatal Vargas Containers, C.A. por «el uso superficial y traslado de contenedores en vías terrestres» (Decreto Ejecutivo n.º 037-2020).
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Igualmente, suspendió el artículo 8 del Decreto n.º 041-2020, relativo a cobros y medidas de bioseguridad regionales aplicadas a puertos, aeropuertos, contenedores y aeronaves que se encuentren en jurisdicción de la entidad regional.
Con respecto al corredor aduanero del estado Carabobo, depuesto en la Sentencia 0932, D’Amelio suspendió los artículos 10 y 11 del Decreto n.º 355 (2026) del gobernador del estado Carabobo.
Igualmente, dejó sin efecto las alianzas estratégicas y comerciales suscritas con las empresas G&G Safe Service, C.A. y Ocean Caribean Logistics Service, C.A., así como los Avisos Oficiales vinculados.
Con estas sentencias se prevé que se generen beneficios para facilitar el comercio internacional y la logística nacional que influirán, según se estima, positivamente en la economía nacional.
Una de ellas es que, al eliminar alcabalas administrativas, esquemas de exclusividad y sobrecostos por tránsito terrestre de contenedores desde los puertos de La Guaira y Carabobo, se agilizan los tiempos de despacho y transporte de carga, así como también se reducen los costos, que terminan impactando en los precios del consumidor.
Recientemente, también se conoció que el Ejecutivo nacional concretó la reversión inmediata de la administración, infraestructura y servicios del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena (Valencia) y del Aeropuerto Nacional Bartolomé Salom (Puerto Cabello) en el estado Carabobo.
La información fue confirmada en la resolución del Ministerio para el Transporte publicada en la Gaceta Oficial n.º 43.443, de fecha 24 de agosto.
Con esta medida, el Ejecutivo reasume las competencias de conservación, dirección y aprovechamiento comercial que se encontraban bajo la Gobernación del estado Carabobo desde el año 2018.
En ese sentido, la gestión operativa, la infraestructura aeronáutica y el resguardo de los bienes muebles e inmuebles quedan adscritos formalmente a la empresa estatal Bolivariana de Aeropuertos (BAER).


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