La Fiscalía de la Audiencia Nacional abre una investigación sobre las extracciones ilegales de agua en Doñana

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha iniciado una investigación sobre las extracciones ilegales de agua en Doñana para esclarecer una posible responsabilidad medioambiental.
El parque nacional y natural de Doñana es un espacio protegido situado en Andalucía con 108.086 hectáreas, situándose su mayor parte en la provincia de Huelva y una parte menor en las de Sevilla y Cádiz. Comprende tanto el parque nacional, creado en 1969 y que ocupa 54.251 ha., como el parque natural, también llamado parque natural del Entorno de Doñana o preparque, creado en 1989 y ampliado en 1997, que ocupa 53.835 hectáreas. Su gran extensión de marismas acoge durante el invierno a numerosas especies de aves acuáticas.
Según la Fiscalía, el objetivo de dicha investigación es “garantizar la adopción de las medidas necesarias para el cumplimiento efectivo de la STJUE, Sala Primera, de 24 de junio de 2021, en cuanto fundamenta que una de las causas significativas del deterioro medioambiental del espacio natural protegido de Doñana, se encuentra en la existencia de extracciones abusivas e ilegales de agua subterránea del espacio natural protegido de Doñana, con afectación a los tipos de hábitats protegidos situados en la zona protegida «Doñana», en la zona protegida «Doñana Norte y Oeste» y en la zona protegida «Dehesa del Estero y Montes de Moguer»”.
“Las diligencias tienen como finalidad poder exigir responsabilidad medioambiental a las empresas y profesionales, públicas o privadas, que estén procediendo a la captación de aguas subterráneas afectantes al espacio protegido de Doñana, sin concesión administrativa o en caudales superiores a los permitidos”, añade.
Se ha acordado la práctica de diligencias, en coordinación con la Fiscalía de Sala de Medio Ambiente, consistentes en oficios al SEPRONA de la Guardia Civil; la reclamación a diferentes organismos, de informes periciales sobre los efectos adversos significativos que dichas extracciones ilegales puedan tener en cuanto al el estado ecológico, químico y cuantitativo de las masas de aguas superficiales o subterráneas concernidas; así como a la posibilidad de alcanzar o de mantener el estado favorable de conservación de los hábitat o especies silvestres concernidos.
El pasado martes la comisión de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda del Parlamento andaluz aprobó con los doce votos a favor de PP-A y Vox, y el rechazo de los siete representantes del PSOE-A, Por Andalucía y el Grupo Mixto-Adelante Andalucía, el dictamen de la proposición de Ley para la mejora de la ordenación de las zonas agrícolas del Condado de Huelva, en los términos municipales onubenses de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado –entorno de Doñana–.
La aprobación del dictamen de esta proposición de Ley para regularizar zonas de regadío de dichos cinco municipios situados al norte de la Corona Forestal de Doñana, es el paso previo para que la norma se debata y apruebe de forma definitiva en el Pleno del Parlamento.
En paralelo, ese mismo día la Junta de Andalucía anunció que contaba con el “visto bueno” del Ministerio de Hacienda al modelo de pago propuesto por la administración autonómica para la operación de compra de 7.500 hectáreas de la finca ‘Veta La Palma’, ubicada en La Puebla del Río (Sevilla), para ampliar la superficie del Parque Nacional de Doñana.
La competencia de la Fiscalía
En el decreto, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional recuerda que la aplicación del derecho de la UE corresponde tanto a los órganos propios de la Unión como a las diferentes autoridades nacionales de los estados miembro. Y advierte de que el Ministerio Fiscal, en cuanto órgano constitucional integrante de los poderes públicos del Estado y en el ejercicio de sus competencias normativas, “puede y debe promover la acción de la justicia para garantizar el cumplimiento efectivo de la sentencia del TJUE”.
Sobre el hecho de que el asunto caiga en manos de la Fiscalía de la AN, explica que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este tribunal es la única instancia para conocer los recursos que se deduzcan en relación con las disposiciones generales y los actos de los ministros y de los secretarios de Estado en general. Y advierte que la ley dispone la competencia de la Administración General del Estado para la tramitación de los procedimientos administrativos de exigencia de responsabilidad medioambiental.
Y añade que en este caso “resulta necesaria la práctica de diligencias a fin de valorar la posible solicitud a la Administración Pública de inicio de procedimiento administrativo de exigencia de responsabilidad medioambiental”. Por eso, indica que ahora en estas primeras diligencias identificarán a los operadores económicos y profesionales, y se pedirán los informes técnicos medioambientales pertinentes.
Fuente: Libertad Digital