15 años de prisión para dos policías y un militar acusados de agredir a dos manifestantes

Quince años y seis meses de prisión es la condena impuesta a dos policías y un militar acusados de agredir a dos personas que se encontraban en una manifestación de esas convocadas por un sector de la oposición en el año 2017.

Si bien esta condena fue impuesta a los funcionarios el 16 de septiembre de 2021 por el Juzgado 3° Estadal y Municipal en Funciones de Juicio de Portuguesa, con sede en Guanare, la misma fue ratificada por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia el pasado 25 de mayo, según sentencia N° 164.

Los funcionarios objeto de la condena están identificados como Yimberly del Carmen Silva Pargas (funcionaria de la Guardia Nacional Bolivariana) así como los agentes de la policía del estado Portuguesa Elix Samuel Hernández García e Irma Carolina Castillo Ortegano.

Los hechos ocurrieron la mañana del 27 de julio de 2017 en el puente Biscucuicito, ubicado en la carretera nacional de Biscucuy, Portuguesa. Allí se desarrollaba una de las manifestaciones convocadas por el partido Voluntad Popular, entre otras organizaciones de oposición que habían iniciado un plan desde abril de ese año, destinado al desplazamiento del gobierno del presidente Nicolás Maduro, según lo dicho por sus voceros.

Esa manifestación de Biscucuy derivó en violencia cuando los asistentes comenzaron a lanzarles objetos contundentes a los funcionarios policiales y militares.

En respuesta, los uniformados lanzaron bombas lacrimógenas y detuvieron a dos personas entre ellas la líder del grupo protestante de 39 años de edad, apresada por la agente Irma Carolina Castillo “quien la agarró por el cuello tirándola por el cabello, siendo apoyada por la funcionaria de la Guardia Nacional Bolivariana Yimberly del Carmen Silva Pagas, quien le da punta pies, golpeándola por varias partes del cuerpo”, según la acusación del Ministerio Público, inserta en la sentencia de la Sala Penal.

Y es allí cuando el comisionado agregado de Poliportuguesa Elix Samuel Hernández García, le ordenó a la detenida que se arrodillara. Pero como ésta no lo hizo, le disparó en el pecho con la escopeta de perdigones.

Minutos después, este mismo funcionario policial acorraló a una adolescente de 14 años de edad “a la que le disparó con la escopeta y posteriormente fue arrastrada por el cuero cabelludo por el puente donde se desarrollaba la manifestación”, dice la investigación de Fiscalía.

Las víctimas denunciaron ante el Ministerio Público, cuyos fiscales tramitaron la detención de los tres funcionarios.

 

Juicio y condena

El juicio contra estos agentes ocurrió entre el 6 de julio y 16 de septiembre de 2021 cuando el Juzgado 3° les impuso la condena. En esa sentencia condenatoria, el mencionado tribunal de primera instancia recordó que los agentes violaron convenios suscritos por Venezuela y establecidos en el Estatuto de Roma. La Corte Penal Internacional es la instancia encargada de velar por el cumplimiento de dicho Estatuto. Allí hay un proceso abierto contra Venezuela por presunta violación de derechos humanos cometida en las manifestaciones opositoras de 2017.

En ese sentido, el Juzgado 3° de Juicio de Portuguesa señaló que  la conducta de los acusados estuvo dirigida “a causar dolor, sufrimiento innecesario e injustificado, además de desproporcional, a fin del sometimiento de una ciudadana en una manifestación pública”.

Agrega el Juzgado 3° que no se puede aceptar “que obligar a una ciudadana a arrodillarse en una manifestación pública, halarla por el cabello, lanzarla al piso, darle punta pies y dispararle, pueda ser considerado como uso progresivo y proporcional de la fuerza ejercida por funcionarios públicos entrenados y capacitados para mediar y resolver conflictos entre los ciudadanos a quienes deben brindan protección y seguridad”.

Los acusados apelaron la condena pero la Corte de Apelaciones de Portuguesa desestimó tal pedimento, al estimar que las denuncias sobre presunto incumplimiento de preceptos legales durante el juicio carecen de fundamento. Igual respuesta obtuvieron en la Sala Penal del TSJ, instancia que consideró infundadas las denuncias presentadas por los funcionarios condenados.

Fuente; Agencia Occidental de Noticias