Pareciera justificarse que, en un país sin paz en todos sus niveles, resucitar la Justicia de Paz sería lo ideal, pero cuando todos los poderes son controlados por un estado totalitario, caracterizado por una narrativa de guerra, confrontación, intolerancia, abuso de poder, etc. Donde funcionarios de alto rango están incursos en delitos por violación de derechos humanos, sin lugar a dudas ese clima violento permea a niveles locales. Lo que influye en todas las instancias del poder popular, con sus honrosas excepciones.
En este contexto político y social, la Asamblea Nacional írrita, de mayoría madurista y de oposición ficticia, aprobó la reforma de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en Gaceta Oficial número 6852, del 24 de noviembre de 2024.
Por medio de esta ley se elegirán 15 mil jueces principales en 5313 circuitos.
Para la ejecución de este fin, se nombró una Comisión Electoral Nacional (CEN), integrada exclusivamente por funcionarios del partido-estado (Psuv), de igual forma en los niveles subsiguientes, estadal y comunal.
Una pseudo justicia tutelada y discriminatoria.
Los criterios de estructuración de la figura de juez, al igual que la conformación del llamado poder popular, están orientados, como en todo régimen totalitario, a emular justicia para garantizar el control de los ciudadanos avecindados en las parroquias. Por cierto, que estas instancias que se atribuyen la representación del poder popular (comunas, consejos comunales), fracasaron en su intento de someter a la población para los fines electorales en los últimos procesos de elección presidencial y consulta popular.
La prueba evidente de la desconfianza del madurismo con las instancias comunales creadas en el chavismo, se observa claramente en la modificación de la potestad de la organización directa de estos procesos eleccionarios por parte de los consejos comunales, donde solo la asesoría técnica del CNE participaba, pues ahora es la mano directa del estado autoritario, por medio de la Comisión Electoral Nacional (CEN), la que organiza el proceso y hasta revisará las decisiones de estos jueces.
El Artículo 18 de la Ley de Jueces de Paz deja al descubierto lo rojo rojito de estos jueces, el cual en su numeral 5 establece la prohibición de pertenecer a alguna organización política, gremial, sindical o de vocería de alguna instancia de poder local. En caso de resultar electo algún candidato con estas características, podrá renunciar a dicha condición. Es decir, un día son activistas del partido madurista y al día siguiente, de resultar electos, ya no lo son…
Ahora bien, las instancias locales que han predominado en las comunidades populares, llamadas Unidades de Batalla Chávez (Ubch), brazo político controlador y policial del régimen, ¡no se mencionan para nada!
En el mismo artículo 18, numeral 7, es recurrente la discriminación política al considerar la libertad de pensamiento y opinión como un delito, ya que toda opinión crítica podrá ser considerada como fascista, neo fascista y otras similares.
Cabe destacar, además, que, en los procesos de postulaciones, publicación de listas y seguramente lo veremos en la campaña, se presentaron un conjunto de irregularidades que oscurecen más aún este proceso, vemos, por ejemplo:
- 1) No aceptaron candidaturas de las que se sospechen tengan simpatías con la democracia.
- 2) Candidaturas postuladas que luego no aparecen en las listas.
- 3) En cuanto a la campaña, se caracterizó por apatía, falta de información y favoritismo hacia los más rojos rojitos.
Todo está dado para que, al igual que las consultas, la abstención se haga presente y más aún, con el precedente del robo de las elecciones del 28 de julio y la represión desmedida del 29. Claro, ya sabemos que alterarán las cifras, pero ¿quién les cree ya?
Árbol que nace torcido nunca las ramas endereza.
Estamos en presencia de una justicia cuyo origen es nefasto y por ende no generará justicia alguna, por el contrario, será una herramienta de injusticia ya que estará sometida a los intereses del partido- estado en sus sentencias de transcendencia, en algunas de poco interés quizás las resuelva, pero será el Consejo de Justicia Comunal quien decida y revise.
¿Qué hacer?
Impulsar la lucha por una nueva ley, una vez ocurran los cambios políticos nacionales.
Una nueva ley que le devuelva la justicia de paz a la ciudadanía, para que estos actúen de una manera imparcial, sin discriminación política o de otra índole, al servicio de las comunidades y no de partido político alguno.
José Gregorio Ochoa (Chegoyo) Coordinador General de La Causa R/Caracas
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